LEY GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS (NUEVA LEY N.° 32069)
El diploma “Ley General de Contrataciones Públicas en la Ejecución de Obras – Nueva Ley N.° 32069” ofrece una formación integral sobre los fundamentos legales, elaboración del expediente técnico, ejecución contractual y gestión de modificaciones, adicionales y ampliaciones. Además, aborda valorizaciones, penalidades, recepción y liquidación de obras. Fortalece tus competencias y asegura una gestión eficiente: ¡inscríbete ahora!
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Concepto y Finalidad de las Obras Públicas
1. Naturaleza y propósito de las obras públicas
• Las obras públicas son ejecutadas por el Estado, directa o indirectamente, con recursos públicos.
• Buscan atender una necesidad pública, mejorar infraestructura y generar beneficios sociales.
• Inician a partir de problemas identificados y se rigen por normas que garantizan su correcta ejecución.
2. Sistema y procesos para su gestión
• Se gestionan mediante el sistema Invierte.pe, que organiza la inversión en cuatro etapas.
• La ejecución puede ser directa (por la entidad) o por contrato (a través de terceros).
• La normativa vigente regula procedimientos, responsabilidades y controles.
3. Modalidades de pago y control de calidad
• Existen cuatro modalidades de pago: precios unitarios, suma alzada, mixto y costo reembolsable.
• Su aplicación depende del tipo de proyecto y del expediente técnico.
• El cumplimiento normativo y el registro adecuado buscan asegurar transparencia y calidad en la obra pública.
Ciclo de Proyectos de Inversión Pública
1. Programación, formulación y evaluación• El ciclo inicia con un diagnóstico que identifica brechas de infraestructura y servicios.
• Se elaboran fichas que se consolidan en perfiles y luego se evalúan para declarar su viabilidad.
• Con el perfil viable, el proyecto pasa a la etapa de ejecución.
2. Etapa de ejecución del proyecto
• Incluye el diseño mediante el expediente técnico y la ejecución de obra según forma y modalidad de pago.
• El inicio del plazo de ejecución requiere cumplir requisitos normativos.
• Durante la ejecución se realizan valorizaciones, recepción y liquidación de obra.
3. Funcionamiento y marco normativo
• Tras la liquidación, el proyecto pasa a operación y mantenimiento.
• Las obras por contrato se rigen por la Ley 30269 y su reglamento.
• La administración directa se regula por la Directiva 017-2023-CG.
Formas de Ejecución
1. Ejecución indirecta y directa• La ejecución indirecta se realiza entre entidad pública y privada mediante contrato, o entre entidades públicas mediante convenio.• La ejecución directa es asumida por la propia entidad con sus recursos y personal.• Cada forma se rige por normas específicas: Ley 30269 para contratos y Directiva 017-2023-CG para administración directa.2. Obras por contrato y sus requisitos
• Requiere expediente de contratación aprobado, inclusión en el PAC y expediente técnico validado.• Debe existir asignación presupuestal, disponibilidad de terreno y comité de selección designado.• El procedimiento se desarrolla bajo la Ley 30269 y su reglamento DS 009-2025-EF.3. Administración directa y modalidades de pago
• La entidad ejecuta con su propia capacidad, sustentada en informes técnico, legal y presupuestario favorables.• Se reconocen cuatro modalidades de pago: suma alzada, precios unitarios, esquema mixto y costo reembolsable.• Cada modalidad aplica según el nivel de precisión de cantidades, condiciones técnicas y riesgos del proyecto.
Modalidades de Pago
1. Suma alzada• Aplica solo a obras por contrato cuando cantidades y calidades están totalmente definidas.• No admite mayores ni menores metrados; solo adicionales o adicionales con deductivo vinculante.• Existe un orden de prelación: primero planos, luego especificaciones, memoria descriptiva y presupuesto.2. Precios Unitarios
• Se usa cuando no es posible conocer con precisión los metrados del proyecto.• Permite mayores y menores metrados, adicionales y deducciones según lo realmente ejecutado.• No existe orden de prelación; ante discrepancias se consulta al proyectista.3. Modalidad Mixta
• Combina suma alzada y precios unitarios dentro de un mismo proyecto.• Se aplica según la naturaleza y riesgo de cada partida.• Ofrece flexibilidad para componentes definidos y otros variables.
Tipos de Sistemas de Entrega de Obras
1. Concepto general y sistemas más comunes• Los sistemas de entrega definen cómo se contratan diseño, construcción y otros componentes.
• El más frecuente es solo construcción, donde el expediente técnico ya está aprobado.
• En diseño y construcción, el contratista elabora el expediente y ejecuta la obra.
2. Sistemas avanzados y niveles de responsabilidad
• En diseño, construcción, operación y mantenimiento, el contratista asume todas las etapas según la vida útil.
• En gestión de diseño y construcción al riesgo, el contratista administra subcontratistas y asume la entrega final.
• En agencia o entrega integrada, se comparten riesgos, decisiones y resultados.
3. Criterios para elegir el sistema adecuado
• Se evalúan complejidad del proyecto, certeza del costo final y nivel de participación del contratista en el diseño.
• Importa asignar riesgos correctamente entre entidad y contratista.
• La elección se alinea con capacidades técnicas, objetivos y estrategia de contratación de la entidad.
Contratos de Obras y Consultoría de Obras
1. Naturaleza del contrato de obra• Define el acuerdo legal entre entidad y contratista para ejecutar obras públicas.
• Establece responsabilidades mediante representantes técnicos: residente y supervisor/inspector.
• La claridad contractual evita vacíos y facilita una adecuada gestión durante la ejecución.
2. Requisitos para perfeccionar el contrato
• El postor ganador debe presentar garantías (generalmente carta fianza por el 10% del contrato).
• Se exige, cuando corresponda, contrato de consorcio, CCI, facultades del representante y propuesta arbitral.
• Para obras mayores, se requieren documentos adicionales como calificación técnica y registro RNP.
3. Condiciones adicionales del reglamento
• Incorporar plan de trabajo si no fue evaluado en la selección.
• Acreditar RNP como ejecutor de obra y cumplir requisitos específicos del reglamento.
• La firma del contrato inicia formalmente la ejecución, marcando responsabilidades y reglas claras.
Coordinador de Obra
1. Obligación de designación• La ley 30269 exige que, antes de iniciar la ejecución, la entidad nombre un coordinador de obra.
• Esta designación es previa a la etapa de ejecución y se realiza después de la firma del contrato.
• El coordinador gestiona uno o varios contratos sin asumir responsabilidades técnicas del proyectista o supervisor.
2. Perfil profesional requerido
• Debe ser ingeniero o arquitecto colegiado y habilitado.
• Requiere al menos dos años de experiencia en roles como coordinador, administrador o jefe de unidad.
• El reglamento define claramente estas competencias para asegurar capacidad de gestión.
3. Rol y finalidad en la obra pública
• El coordinador centraliza la gestión contractual según complejidad del proyecto.
• Aporta control y seguimiento sin interferir en funciones técnicas específicas.
• Su incorporación fortalece la gestión pública, alineándose con las nuevas disposiciones normativas.
Expediente Técnico de Obra : Compatibilización, Revisión y Aprobación del Expediente Técnico
1. Coherencia y elaboración del expediente técnico• El expediente debe alinearse con objetivos, alcance y parámetros que sustentan la viabilidad del proyecto.
• Puede ser elaborado por la entidad, por consultoría o bajo sistemas de entrega como diseño-construcción.
• Debe incluir análisis de procesos constructivos para asegurar eficiencia y sostenibilidad.
2. Revisión del expediente técnico y detección de riesgos
• En el sistema de “solo construcción”, el contratista presenta un informe técnico en los 12 días posteriores al contrato.
• Supervisor y entidad evalúan deficiencias, omisiones y riesgos, pudiendo solicitar opinión al proyectista.
• La revisión busca prever adicionales, mayores metrados y riesgos antes de la ejecución.
3. Jefe de elaboración y aprobación del expediente técnico
• Si el expediente lo elabora un contratista, este designa un jefe técnico especializado.
• La entidad aprueba el expediente mediante resolución dentro de los 10 días posteriores a otorgar conformidad.
• El área usuaria retroalimenta sobre cambios de alcance, costos y plazos.
Inicio de la Ejecución Contractual
1. Condiciones para iniciar la ejecución• El plazo inicia cuando la entidad garantiza requisitos como expediente técnico actualizado y comunicación del contratista.
• Incluye entrega del adelanto directo, cuando corresponda, y contratos o actas necesarias.
• La entidad debe completar estas gestiones dentro de los 20 días tras la suscripción del contrato.
2. Responsabilidades y efectos del incumplimiento
• Si la entidad no cumple en un máximo de 10 días desde el requerimiento, el contratista puede pedir resarcimiento hasta el 3%.
• También puede solicitar la resolución del contrato siguiendo el reglamento.
• En fast track, la ejecución inicia con la aprobación de entregables.
3. Diferimiento del inicio del plazo
• Puede diferirse por acuerdo de partes en casos como estacionalidad climática o errores del expediente técnico.
• El diferimiento se formaliza mediante acta y se registra en la plataforma correspondiente.
• El reinicio se fija en un acta con nueva fecha, permitiendo gestionar adecuadamente condiciones pendientes.
Obligatoriedad de Residente
1. Alcance legal y exigencia del residente• La Ley 30269 exige contar con un residente permanente y exclusivo desde el inicio de la obra.
• Debe ser ingeniero o arquitecto titulado, colegiado y habilitado, con mínimo dos años de experiencia.
• Representa técnicamente al contratista, sin facultad para modificar el contrato.
2. Rol técnico y responsabilidad en la ejecución
• Dirige y conduce la obra asegurando calidad, costo y tiempo según el expediente técnico.
• Su participación es obligatoria en obras públicas y privadas según la norma G.030.
• No puede atender más de una obra salvo casos definidos en bases por paquetes.
3. Funciones operativas y límites de su actuación
• Revisa el expediente técnico, participa en el acta de entrega de terreno y controla avances.
• Elabora valorizaciones, liquidaciones y registra anotaciones en el cuaderno de obra.
• No puede solicitar prórrogas, adicionales ni entregar la obra; estas funciones recaen en la supervisión.
Adelantos
1. Tipos y alcances• Se reconocen tres modalidades: adelanto directo, adelanto para materiales e insumos y adelanto por avance.
• En consultorías solo procede el adelanto directo y sin fideicomiso.
• Los porcentajes máximos varían según sistema de entrega: solo construcción (10%, 20%, 10%) y diseño–construcción (hasta 30% en diseño y 10%–20% en ejecución).
2. Amortización
• Los adelantos funcionan como préstamos que el contratista devuelve mediante descuentos proporcionales en cada valorización.
• Las diferencias se corrigen en pagos posteriores o en la liquidación.
• Los adelantos por avance se amortizan desde su entrega y conforme a valorizaciones emitidas.
3. Procedimiento de entrega
• El contratista tiene 10 días para solicitar el adelanto directo y puede pedir 5 días adicionales para presentar la garantía.
• La entidad debe entregarlo en un plazo máximo de 7 días tras recibir dicha garantía.
• Para adelantos de materiales, la solicitud se presenta a la supervisión según el calendario de adquisiciones y límites establecidos en las bases.
Garantías: Vigencia de La Garantía, Supuestos de Devolución
1. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento• En obras y consultorías se mantiene vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.
• No puede liberarse antes de culminar recepción, liquidación y su consentimiento.
• Su permanencia asegura el cumplimiento pleno de obligaciones contractuales.
2. Supuestos de devolución
• Se devuelve tras la liquidación final, exista saldo a favor del contratista o de la entidad.
• Procede incluso si hay controversias, siempre que exista garantía por el monto discutido.
• La reducción del 5% aplica tras recepción (obras) o conformidad (consultorías).
3. Tipos de garantías admitidas
• Fideicomiso, carta fianza, contrato de seguro y retención de pagos.
• Deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y ejecutables a primer requerimiento.
• Su objetivo es asegurar adelantos, obligaciones principales y accesorias.
Fideicomiso
1. Naturaleza y finalidad• Es una relación jurídica que transfiere bienes y recursos al dominio fiduciario para formar un patrimonio autónomo.
• Se emplea como garantía en obras públicas, permitiendo a la entidad administrar los recursos.
• Solo aplica en escenarios definidos por la ley y según lo establecido en las bases del proceso.
2. Partes y funcionamiento
• Intervienen entidad, contratista e institución fiduciaria; la entidad controla los recursos.
• El fideicomiso garantiza adelantos cuando el componente de obra supera 5 millones.
• La entidad transfiere los adelantos al patrimonio fiduciario y el contratista asume comisiones y obligaciones.
3. Requisitos y administración
• Deben definirse procedimientos para supervisión, cobro de comisiones y desembolsos.
• Puede constituirse un fideicomiso único para varios proyectos del mismo contratista.
• Los adelantos directos y de materiales se incorporan al patrimonio fideicometido según normativa.
Supervisión de Obras
1. Alcance y objetivos• Consiste en el seguimiento técnico, normativo, administrativo, económico y de calidad durante la obra.
• Busca garantizar el cumplimiento de costo, plazo y calidad establecidos en contrato y expediente.
• El encargado es un profesional especializado que representa técnicamente a la entidad.
2. Supervisor e inspector
• El supervisor puede ser persona natural o jurídica contratada; el inspector es un servidor designado por la entidad.
• No pueden coexistir en una misma obra ni formar parte del plantel técnico del proyecto.
• Para obras mayores a 4 300 000 es obligatorio contratar supervisor.
3. Reglas de designación y vigencia
• La supervisión inicia con la ejecución de obra y puede incluir la liquidación si lo indican las bases.
• Mientras se convoca la contratación del supervisor, puede designarse inspector temporalmente.
• Ante nulidad o resolución del contrato de supervisión, la entidad puede asignar inspectores hasta completar la obra.
Funciones y Responsabilidades del Supervisor De Obra
1. Rol general de la supervisión• Controla, fiscaliza y monitorea de forma directa y permanente la correcta ejecución técnica, económica y administrativa.
• Representa los intereses de la entidad, verificando el cumplimiento del contrato sin facultad de modificarlo.
• Garantiza calidad, seguridad y adecuada documentación durante toda la obra.
2. Responsabilidades operativas
• Revisa programas, calendarios, plan de trabajo y desempeño del contratista.
• Ordena retiro de personal o materiales deficientes y aprueba ensayos previos a su uso.
• Puede suspender actividades que no cumplan obligaciones contractuales.
3. Funciones según normativa técnica
• Verifica conformidad con el expediente técnico, proyectos aprobados y especificaciones.
• Supervisa controles, pruebas y calificaciones del personal participante.
• Coordina con la entidad y proyectista, participa en la recepción y en la liquidación del contrato.
Cuaderno de Incidencias
1. Concepto y finalidad del cuaderno• Documento oficial donde se registran hechos relevantes durante la ejecución de una obra pública.• Residente y supervisor son los únicos responsables de su elaboración y cierre.• Sustenta modificaciones contractuales, avances, consultas y decisiones técnicas.2. Gestión, apertura y uso del sistema digital
• La entidad habilita usuarios, administra accesos y activa el cuaderno en PLATICOR/SEACE.• El residente apertura el cuaderno con entrega de terreno e inicio de plazo.• Permite registrar asientos, adjuntar archivos, enlazar información y generar reportes.3. Consultas, control y cierre de obra
• Consultas del contratista se registran en el cuaderno y siguen un procedimiento técnico-legal.• La falta de respuesta puede generar ampliaciones de plazo si afecta la ruta crítica.• El supervisor realiza el cierre verificando la ejecución al 100% y registrando observaciones finales.
Modificaciones Contractuales, Procedimiento, Límites y Aprobación
1. Naturaleza de las modificaciones contractuales• Surgen cuando el expediente técnico original presenta deficiencias o requiere ajustes para cumplir la meta del proyecto.
• Incluyen prestaciones adicionales, mayores metrados y deductivos.
• Su ejecución es indispensable para mantener la finalidad del contrato.
2. Procedimiento y gestión de adicionales y mayores metrados
• Toda solicitud inicia con una anotación en el cuaderno de obra, seguida del informe técnico del supervisor.
• El expediente técnico del adicional debe presentarse dentro de plazos establecidos y puede implicar pactación de precios.
• En mayores metrados no se requiere aprobación previa para ejecutar, pero sí para pagar.
3. Límites y criterios de aprobación
• Los adicionales no pueden superar el 50% del monto del contrato original; si ocurre, se resuelve el contrato.
• Las partidas adicionales deben ser indispensables y no previstas en el expediente técnico.
• Los mayores metrados corresponden a incrementos derivados del replanteo sin modificar el diseño de ingeniería.
Ampliaciones De Plazo: Causales, Sustento Y Trámite
1. Concepto y fundamentos normativos• La ampliación de plazo añade días al plazo contractual por hechos no imputables al contratista que afectan la ruta crítica.
• Se basa en la Ley 30269 y su reglamento, que regulan cronogramas, ruta crítica y condiciones para el inicio y suspensión del plazo.
• La causal debe estar acreditada y vinculada a paralizaciones o retrasos inevitables.
2. Elementos técnicos para sustentar la ampliación
• El sustento depende del programa de ejecución de obra, elaborado bajo metodología CPM.
• La afectación debe demostrarse en partidas de la ruta crítica, sin holgura y con impacto directo en el plazo.
• Se requieren evidencias del periodo de afectación: inicio, fin y días no recuperables.
3. Procedimiento y efectos de la ampliación
• El contratista solicita dentro de 10 días hábiles de ocurrido el hecho o aprobada una adicional.
• La entidad responde en 12 días; sin pronunciamiento, se aprueba automáticamente.
• La ampliación genera pago de mayores gastos generales variables y se registra en la plataforma correspondiente.
Reajustes de Precios y Efectos En El Cronograma Contractual
1. Marco normativo y lineamientos aplicables• El artículo 226 establece que los reajustes se aplican según lineamientos de la DGA, ligados a la fórmula polinómica.
• Aunque el D.S. 011-79-VC fue derogado, sigue usándose ante la ausencia de directrices nuevas.
• Los reajustes aplican a obras y consultorías pactadas en moneda nacional.
2. Aplicación de fórmulas polinómicas y cálculo del coeficiente K
• Las valorizaciones se reajustan usando la fórmula polinómica del expediente técnico o del adicional correspondiente.
• El coeficiente K determina si hay pago, deducción o ausencia de reajuste.
• Se consideran índices unificados del mes en que debió pagarse la valorización, regularizando al publicarse los índices oficiales.
3. Impacto en el cronograma y procedimiento de regularización
• El reajuste se calcula valorización contractual × (K-1), aplicando índices mensuales publicados por el INEI.
• Los valores pueden recalcularse en liquidación si aún no existen índices definitivos.
• El proceso requiere identificar área geográfica, índices unificados y datos de la fórmula para obtener K correctamente.
Valorizaciones Mensuales: Procedimiento, Plazos y Observaciones
1. Procedimiento básico de las valorizaciones• Las valorizaciones se generan mensualmente como pagos a cuenta y pueden incluir obra principal, adicionales o mayores metrados.
• El residente y el supervisor revisan conjuntamente los metrados para su elaboración.
• El contratista presenta la valorización a la entidad y al supervisor dentro de los primeros tres días del mes siguiente.
2. Plazos de revisión y pago por la entidad
• El supervisor tiene cinco días para emitir informe y remitirlo a la entidad.
• La entidad evalúa y paga hasta el último día del mes en que se presentó la valorización.
• Si hay observaciones, el contratista las subsana y la entidad revisa la respuesta en un máximo de dos días hábiles.
3. Consideraciones especiales y modalidades de pago
• Los atrasos imputables al contratista permiten descontar costos por ampliación de supervisión.
• En suma alzada se valoriza según metrados del presupuesto contractual; en precios unitarios, según metrados realmente ejecutados.
• En costo reembolsable se reconocen costos reales, gastos generales y utilidad, exigiéndose sustento documental y entrega de planos finales.
Penalidades por Mora e Incumplimiento, y Acumulación Permitida
1. Naturaleza y límites de las penalidades• Las penalidades regulan el contrato ante retrasos o incumplimientos injustificados del contratista.
• La suma de penalidades por mora y otras no puede exceder el 10% del monto vigente del contrato.
• Pueden descontarse de pagos a cuenta, liquidaciones o garantías de fiel cumplimiento.
2. Penalidad por mora en la ejecución de la prestación
• Se aplica automáticamente por cada día de atraso imputable al contratista.
• Se calcula según fórmula establecida, considerando monto contractual y valor F según el plazo.
• El retraso justificado no genera penalidad si está sustentado y aprobado.
3. Reglas complementarias y efectos contractuales
• La penalidad procede también cuando no es posible cuantificar monto o plazo, según bases.
• La acumulación de penalidades puede llevar a la resolución del contrato al alcanzar el límite permitido.
• La calificación de retraso como justificado evita penalidades, pero no genera derecho a mayores gastos generales.
Causales y Procedimiento Para Resolución Contractual
1. Causales de resolución del contrato• Incluyen caso fortuito, fuerza mayor, hechos sobrevinientes o incumplimientos contractuales.
• También aplican por documentación falsa, cláusulas anticorrupción o terminación anticipada prevista en el contrato.
• La responsabilidad determina si procede resarcimiento por daños y perjuicios.
2. Terminación anticipada por componentes o hitos
• Se aplica cuando un componente ejecutado impide continuar con el siguiente.
• Permite resolver parcialmente pagando solo lo efectivamente ejecutado.
• Procede si la continuidad resulta innecesaria o inviable para alguna de las partes.
3. Procedimiento para resolver el contrato
• La parte afectada requiere el cumplimiento bajo apercibimiento de resolución.
• El plazo otorgado debe ser razonable: mínimo 10% y máximo 15% del plazo contractual.
• Si no se subsana, la entidad puede resolver total o parcialmente, según la parte afectada.
Recepción de Obra: Provisional, Definitiva y Subsanaciones
1. Solicitud y conformidad para la recepción provisional• El contratista solicita la recepción al culminar la obra; el supervisor verifica y emite la conformidad técnica.
• La entidad conforma un comité que inspecciona funcionamiento y cumplimiento técnico.
• Si todo está conforme, se suscribe el acta; de haber observaciones, se emite un pliego.
2. Plazos y responsabilidades en la subsanación
• El contratista cuenta con 1/10 del plazo vigente o hasta 40 días para subsanar, sin derecho a pago adicional.
• Retrasos generan penalidades y podrían motivar resolución contractual.
• Tras subsanar, el comité verifica únicamente las observaciones previamente formuladas.
3. Recepción definitiva y manejo de vicios o pendientes
• No pueden añadirse nuevas observaciones, salvo vicios ocultos detectados durante la verificación.
• Si la entidad demora injustificadamente, debe reconocer gastos generales al contratista.
• La entidad puede asumir subsanaciones con cargo al contratista y permitir recepciones parciales cuando corresponda.
Liquidación de Obra y Responsabilidades Finales del Contratista y la Entidad
1. Inicio de la liquidación y documentos obligatorios• La liquidación inicia tras la recepción definitiva de la obra.• El contratista entrega planos de obra y memoria descriptiva valorizada como condición para el pago.• Estos documentos forman parte de sus obligaciones contractuales.2. Plazos, presentación y aprobación de la liquidación
• El contratista o la entidad puede presentar la liquidación dentro de 30 días desde la recepción.• La otra parte tiene 50 días para pronunciarse y 15 días para responder observaciones.• Si no se subsana, la liquidación se considera consentida y procede el pago final y devolución de garantías.3. Pagos finales y cierre del expediente contractual
• Los pagos resultantes deben ejecutarse en un máximo de 10 días hábiles tras la conformidad.• La liquidación técnica y financiera permite cerrar la fase de ejecución del proyecto.• Finalizar este proceso evita arrastres administrativos y formaliza el cierre del contrato.
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