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  • Concepto y Finalidad de las Obras Públicas

    1. Naturaleza y propósito de las obras públicas

    Las obras públicas son ejecutadas por el Estado, directa o indirectamente, con recursos públicos.

    Buscan atender una necesidad pública, mejorar infraestructura y generar beneficios sociales.

    Inician a partir de problemas identificados y se rigen por normas que garantizan su correcta ejecución.


    2. Sistema y procesos para su gestión

    Se gestionan mediante el sistema Invierte.pe, que organiza la inversión en cuatro etapas.

    La ejecución puede ser directa (por la entidad) o por contrato (a través de terceros).

    La normativa vigente regula procedimientos, responsabilidades y controles.


    3. Modalidades de pago y control de calidad

    Existen cuatro modalidades de pago: precios unitarios, suma alzada, mixto y costo reembolsable.

    Su aplicación depende del tipo de proyecto y del expediente técnico.

    El cumplimiento normativo y el registro adecuado buscan asegurar transparencia y calidad en la obra pública.


  • Ciclo de Proyectos de Inversión Pública

    1. Programación, formulación y evaluación

    El ciclo inicia con un diagnóstico que identifica brechas de infraestructura y servicios.

    Se elaboran fichas que se consolidan en perfiles y luego se evalúan para declarar su viabilidad.

    Con el perfil viable, el proyecto pasa a la etapa de ejecución.


    2. Etapa de ejecución del proyecto

    Incluye el diseño mediante el expediente técnico y la ejecución de obra según forma y modalidad de pago.

    El inicio del plazo de ejecución requiere cumplir requisitos normativos.

    Durante la ejecución se realizan valorizaciones, recepción y liquidación de obra.


    3. Funcionamiento y marco normativo

    Tras la liquidación, el proyecto pasa a operación y mantenimiento.

    Las obras por contrato se rigen por la Ley 30269 y su reglamento.

    La administración directa se regula por la Directiva 017-2023-CG.


  • Formas de Ejecución

    1. Ejecución indirecta y directa

    La ejecución indirecta se realiza entre entidad pública y privada mediante contrato, o entre entidades públicas mediante convenio.
    La ejecución directa es asumida por la propia entidad con sus recursos y personal.
    Cada forma se rige por normas específicas: Ley 30269 para contratos y Directiva 017-2023-CG para administración directa.

    2. Obras por contrato y sus requisitos

    Requiere expediente de contratación aprobado, inclusión en el PAC y expediente técnico validado.
    Debe existir asignación presupuestal, disponibilidad de terreno y comité de selección designado.
    El procedimiento se desarrolla bajo la Ley 30269 y su reglamento DS 009-2025-EF.

    3. Administración directa y modalidades de pago

    La entidad ejecuta con su propia capacidad, sustentada en informes técnico, legal y presupuestario favorables.
    Se reconocen cuatro modalidades de pago: suma alzada, precios unitarios, esquema mixto y costo reembolsable.
    Cada modalidad aplica según el nivel de precisión de cantidades, condiciones técnicas y riesgos del proyecto.

  • Modalidades de Pago

    1. Suma alzada

    Aplica solo a obras por contrato cuando cantidades y calidades están totalmente definidas.
    No admite mayores ni menores metrados; solo adicionales o adicionales con deductivo vinculante.
    Existe un orden de prelación: primero planos, luego especificaciones, memoria descriptiva y presupuesto.

    2. Precios Unitarios

    Se usa cuando no es posible conocer con precisión los metrados del proyecto.
    Permite mayores y menores metrados, adicionales y deducciones según lo realmente ejecutado.
    No existe orden de prelación; ante discrepancias se consulta al proyectista.

    3. Modalidad Mixta

    Combina suma alzada y precios unitarios dentro de un mismo proyecto.
    Se aplica según la naturaleza y riesgo de cada partida.
    Ofrece flexibilidad para componentes definidos y otros variables.

  • Tipos de Sistemas de Entrega de Obras

    1. Concepto general y sistemas más comunes

    Los sistemas de entrega definen cómo se contratan diseño, construcción y otros componentes.

    El más frecuente es solo construcción, donde el expediente técnico ya está aprobado.

    En diseño y construcción, el contratista elabora el expediente y ejecuta la obra.


    2. Sistemas avanzados y niveles de responsabilidad

    En diseño, construcción, operación y mantenimiento, el contratista asume todas las etapas según la vida útil.

    En gestión de diseño y construcción al riesgo, el contratista administra subcontratistas y asume la entrega final.

    En agencia o entrega integrada, se comparten riesgos, decisiones y resultados.


    3. Criterios para elegir el sistema adecuado

    Se evalúan complejidad del proyecto, certeza del costo final y nivel de participación del contratista en el diseño.

    Importa asignar riesgos correctamente entre entidad y contratista.

    La elección se alinea con capacidades técnicas, objetivos y estrategia de contratación de la entidad.


  • Contratos de Obras y Consultoría de Obras

    1. Naturaleza del contrato de obra

    Define el acuerdo legal entre entidad y contratista para ejecutar obras públicas.

    Establece responsabilidades mediante representantes técnicos: residente y supervisor/inspector.

    La claridad contractual evita vacíos y facilita una adecuada gestión durante la ejecución.


    2. Requisitos para perfeccionar el contrato

    El postor ganador debe presentar garantías (generalmente carta fianza por el 10% del contrato).

    Se exige, cuando corresponda, contrato de consorcio, CCI, facultades del representante y propuesta arbitral.

    Para obras mayores, se requieren documentos adicionales como calificación técnica y registro RNP.


    3. Condiciones adicionales del reglamento

    Incorporar plan de trabajo si no fue evaluado en la selección.

    Acreditar RNP como ejecutor de obra y cumplir requisitos específicos del reglamento.

    La firma del contrato inicia formalmente la ejecución, marcando responsabilidades y reglas claras.


  • Coordinador de Obra

    1. Obligación de designación

    La ley 30269 exige que, antes de iniciar la ejecución, la entidad nombre un coordinador de obra.

    Esta designación es previa a la etapa de ejecución y se realiza después de la firma del contrato.

    El coordinador gestiona uno o varios contratos sin asumir responsabilidades técnicas del proyectista o supervisor.


    2. Perfil profesional requerido

    Debe ser ingeniero o arquitecto colegiado y habilitado.

    Requiere al menos dos años de experiencia en roles como coordinador, administrador o jefe de unidad.

    El reglamento define claramente estas competencias para asegurar capacidad de gestión.


    3. Rol y finalidad en la obra pública

    El coordinador centraliza la gestión contractual según complejidad del proyecto.

    Aporta control y seguimiento sin interferir en funciones técnicas específicas.

    Su incorporación fortalece la gestión pública, alineándose con las nuevas disposiciones normativas.


  • Expediente Técnico de Obra : Compatibilización, Revisión y Aprobación del Expediente Técnico

    1. Coherencia y elaboración del expediente técnico

    El expediente debe alinearse con objetivos, alcance y parámetros que sustentan la viabilidad del proyecto.

    Puede ser elaborado por la entidad, por consultoría o bajo sistemas de entrega como diseño-construcción.

    Debe incluir análisis de procesos constructivos para asegurar eficiencia y sostenibilidad.


    2. Revisión del expediente técnico y detección de riesgos

    En el sistema de “solo construcción”, el contratista presenta un informe técnico en los 12 días posteriores al contrato.

    Supervisor y entidad evalúan deficiencias, omisiones y riesgos, pudiendo solicitar opinión al proyectista.

    La revisión busca prever adicionales, mayores metrados y riesgos antes de la ejecución.


    3. Jefe de elaboración y aprobación del expediente técnico

    Si el expediente lo elabora un contratista, este designa un jefe técnico especializado.

    La entidad aprueba el expediente mediante resolución dentro de los 10 días posteriores a otorgar conformidad.

    El área usuaria retroalimenta sobre cambios de alcance, costos y plazos.


  • Inicio de la Ejecución Contractual

    1. Condiciones para iniciar la ejecución

    El plazo inicia cuando la entidad garantiza requisitos como expediente técnico actualizado y comunicación del contratista.

    Incluye entrega del adelanto directo, cuando corresponda, y contratos o actas necesarias.

    La entidad debe completar estas gestiones dentro de los 20 días tras la suscripción del contrato.


    2. Responsabilidades y efectos del incumplimiento

    Si la entidad no cumple en un máximo de 10 días desde el requerimiento, el contratista puede pedir resarcimiento hasta el 3%.

    También puede solicitar la resolución del contrato siguiendo el reglamento.

    En fast track, la ejecución inicia con la aprobación de entregables.


    3. Diferimiento del inicio del plazo

    Puede diferirse por acuerdo de partes en casos como estacionalidad climática o errores del expediente técnico.

    El diferimiento se formaliza mediante acta y se registra en la plataforma correspondiente.

    El reinicio se fija en un acta con nueva fecha, permitiendo gestionar adecuadamente condiciones pendientes.


  • Obligatoriedad de Residente

    1. Alcance legal y exigencia del residente

    La Ley 30269 exige contar con un residente permanente y exclusivo desde el inicio de la obra.

    Debe ser ingeniero o arquitecto titulado, colegiado y habilitado, con mínimo dos años de experiencia.

    Representa técnicamente al contratista, sin facultad para modificar el contrato.


    2. Rol técnico y responsabilidad en la ejecución

    Dirige y conduce la obra asegurando calidad, costo y tiempo según el expediente técnico.

    Su participación es obligatoria en obras públicas y privadas según la norma G.030.

    No puede atender más de una obra salvo casos definidos en bases por paquetes.


    3. Funciones operativas y límites de su actuación

    Revisa el expediente técnico, participa en el acta de entrega de terreno y controla avances.

    Elabora valorizaciones, liquidaciones y registra anotaciones en el cuaderno de obra.

    No puede solicitar prórrogas, adicionales ni entregar la obra; estas funciones recaen en la supervisión.


  • Adelantos

    1. Tipos y alcances

    Se reconocen tres modalidades: adelanto directo, adelanto para materiales e insumos y adelanto por avance.

    En consultorías solo procede el adelanto directo y sin fideicomiso.

    Los porcentajes máximos varían según sistema de entrega: solo construcción (10%, 20%, 10%) y diseño–construcción (hasta 30% en diseño y 10%–20% en ejecución).


    2. Amortización

    Los adelantos funcionan como préstamos que el contratista devuelve mediante descuentos proporcionales en cada valorización.

    Las diferencias se corrigen en pagos posteriores o en la liquidación.

    Los adelantos por avance se amortizan desde su entrega y conforme a valorizaciones emitidas.


    3. Procedimiento de entrega


    El contratista tiene 10 días para solicitar el adelanto directo y puede pedir 5 días adicionales para presentar la garantía.

    La entidad debe entregarlo en un plazo máximo de 7 días tras recibir dicha garantía.

    Para adelantos de materiales, la solicitud se presenta a la supervisión según el calendario de adquisiciones y límites establecidos en las bases.


  • Garantías: Vigencia de La Garantía, Supuestos de Devolución

    1. Vigencia de la garantía de fiel cumplimiento

    En obras y consultorías se mantiene vigente hasta el consentimiento de la liquidación final.

    No puede liberarse antes de culminar recepción, liquidación y su consentimiento.

    Su permanencia asegura el cumplimiento pleno de obligaciones contractuales.

    2. Supuestos de devolución

    Se devuelve tras la liquidación final, exista saldo a favor del contratista o de la entidad.

    Procede incluso si hay controversias, siempre que exista garantía por el monto discutido.

    La reducción del 5% aplica tras recepción (obras) o conformidad (consultorías).


    3. Tipos de garantías admitidas

    Fideicomiso, carta fianza, contrato de seguro y retención de pagos.

    Deben ser incondicionales, solidarias, irrevocables y ejecutables a primer requerimiento.

    Su objetivo es asegurar adelantos, obligaciones principales y accesorias.


  • Fideicomiso

    1. Naturaleza y finalidad

    Es una relación jurídica que transfiere bienes y recursos al dominio fiduciario para formar un patrimonio autónomo.

    Se emplea como garantía en obras públicas, permitiendo a la entidad administrar los recursos.

    Solo aplica en escenarios definidos por la ley y según lo establecido en las bases del proceso.


    2. Partes y funcionamiento

    Intervienen entidad, contratista e institución fiduciaria; la entidad controla los recursos.

    El fideicomiso garantiza adelantos cuando el componente de obra supera 5 millones.

    La entidad transfiere los adelantos al patrimonio fiduciario y el contratista asume comisiones y obligaciones.


    3. Requisitos y administración

    Deben definirse procedimientos para supervisión, cobro de comisiones y desembolsos.

    Puede constituirse un fideicomiso único para varios proyectos del mismo contratista.

    Los adelantos directos y de materiales se incorporan al patrimonio fideicometido según normativa.


  • Supervisión de Obras

    1. Alcance y objetivos

    Consiste en el seguimiento técnico, normativo, administrativo, económico y de calidad durante la obra.

    Busca garantizar el cumplimiento de costo, plazo y calidad establecidos en contrato y expediente.

    El encargado es un profesional especializado que representa técnicamente a la entidad.


    2. Supervisor e inspector

    El supervisor puede ser persona natural o jurídica contratada; el inspector es un servidor designado por la entidad.

    No pueden coexistir en una misma obra ni formar parte del plantel técnico del proyecto.

    Para obras mayores a 4 300 000 es obligatorio contratar supervisor.


    3. Reglas de designación y vigencia

    La supervisión inicia con la ejecución de obra y puede incluir la liquidación si lo indican las bases.

    Mientras se convoca la contratación del supervisor, puede designarse inspector temporalmente.

    Ante nulidad o resolución del contrato de supervisión, la entidad puede asignar inspectores hasta completar la obra.


  • Funciones y Responsabilidades del Supervisor De Obra

    1. Rol general de la supervisión

    Controla, fiscaliza y monitorea de forma directa y permanente la correcta ejecución técnica, económica y administrativa.

    Representa los intereses de la entidad, verificando el cumplimiento del contrato sin facultad de modificarlo.

    Garantiza calidad, seguridad y adecuada documentación durante toda la obra.


    2. Responsabilidades operativas

    Revisa programas, calendarios, plan de trabajo y desempeño del contratista.

    Ordena retiro de personal o materiales deficientes y aprueba ensayos previos a su uso.

    Puede suspender actividades que no cumplan obligaciones contractuales.


    3. Funciones según normativa técnica

    Verifica conformidad con el expediente técnico, proyectos aprobados y especificaciones.

    Supervisa controles, pruebas y calificaciones del personal participante.

    Coordina con la entidad y proyectista, participa en la recepción y en la liquidación del contrato.


  • Cuaderno de Incidencias

    1. Concepto y finalidad del cuaderno

    Documento oficial donde se registran hechos relevantes durante la ejecución de una obra pública.
    Residente y supervisor son los únicos responsables de su elaboración y cierre.
    Sustenta modificaciones contractuales, avances, consultas y decisiones técnicas.

    2. Gestión, apertura y uso del sistema digital

    La entidad habilita usuarios, administra accesos y activa el cuaderno en PLATICOR/SEACE.
    El residente apertura el cuaderno con entrega de terreno e inicio de plazo.
    Permite registrar asientos, adjuntar archivos, enlazar información y generar reportes.

    3. Consultas, control y cierre de obra

    Consultas del contratista se registran en el cuaderno y siguen un procedimiento técnico-legal.
    La falta de respuesta puede generar ampliaciones de plazo si afecta la ruta crítica.
    El supervisor realiza el cierre verificando la ejecución al 100% y registrando observaciones finales.

  • Modificaciones Contractuales, Procedimiento, Límites y Aprobación

    1. Naturaleza de las modificaciones contractuales

    Surgen cuando el expediente técnico original presenta deficiencias o requiere ajustes para cumplir la meta del proyecto.

    Incluyen prestaciones adicionales, mayores metrados y deductivos.

    Su ejecución es indispensable para mantener la finalidad del contrato.


    2. Procedimiento y gestión de adicionales y mayores metrados

    Toda solicitud inicia con una anotación en el cuaderno de obra, seguida del informe técnico del supervisor.

    El expediente técnico del adicional debe presentarse dentro de plazos establecidos y puede implicar pactación de precios.

    En mayores metrados no se requiere aprobación previa para ejecutar, pero sí para pagar.


    3. Límites y criterios de aprobación

    Los adicionales no pueden superar el 50% del monto del contrato original; si ocurre, se resuelve el contrato.

    Las partidas adicionales deben ser indispensables y no previstas en el expediente técnico.

    Los mayores metrados corresponden a incrementos derivados del replanteo sin modificar el diseño de ingeniería.


  • Ampliaciones De Plazo: Causales, Sustento Y Trámite

    1. Concepto y fundamentos normativos

    La ampliación de plazo añade días al plazo contractual por hechos no imputables al contratista que afectan la ruta crítica.

    Se basa en la Ley 30269 y su reglamento, que regulan cronogramas, ruta crítica y condiciones para el inicio y suspensión del plazo.

    La causal debe estar acreditada y vinculada a paralizaciones o retrasos inevitables.


    2. Elementos técnicos para sustentar la ampliación

    El sustento depende del programa de ejecución de obra, elaborado bajo metodología CPM.

    La afectación debe demostrarse en partidas de la ruta crítica, sin holgura y con impacto directo en el plazo.

    Se requieren evidencias del periodo de afectación: inicio, fin y días no recuperables.


    3. Procedimiento y efectos de la ampliación

    El contratista solicita dentro de 10 días hábiles de ocurrido el hecho o aprobada una adicional.

    La entidad responde en 12 días; sin pronunciamiento, se aprueba automáticamente.

    La ampliación genera pago de mayores gastos generales variables y se registra en la plataforma correspondiente.


  • Reajustes de Precios y Efectos En El Cronograma Contractual

    1. Marco normativo y lineamientos aplicables

    El artículo 226 establece que los reajustes se aplican según lineamientos de la DGA, ligados a la fórmula polinómica.

    Aunque el D.S. 011-79-VC fue derogado, sigue usándose ante la ausencia de directrices nuevas.

    Los reajustes aplican a obras y consultorías pactadas en moneda nacional.


    2. Aplicación de fórmulas polinómicas y cálculo del coeficiente K

    Las valorizaciones se reajustan usando la fórmula polinómica del expediente técnico o del adicional correspondiente.

    El coeficiente K determina si hay pago, deducción o ausencia de reajuste.

    Se consideran índices unificados del mes en que debió pagarse la valorización, regularizando al publicarse los índices oficiales.


    3. Impacto en el cronograma y procedimiento de regularización

    El reajuste se calcula valorización contractual × (K-1), aplicando índices mensuales publicados por el INEI.

    Los valores pueden recalcularse en liquidación si aún no existen índices definitivos.

    El proceso requiere identificar área geográfica, índices unificados y datos de la fórmula para obtener K correctamente.


  • Valorizaciones Mensuales: Procedimiento, Plazos y Observaciones

    1. Procedimiento básico de las valorizaciones

    Las valorizaciones se generan mensualmente como pagos a cuenta y pueden incluir obra principal, adicionales o mayores metrados.

    El residente y el supervisor revisan conjuntamente los metrados para su elaboración.

    El contratista presenta la valorización a la entidad y al supervisor dentro de los primeros tres días del mes siguiente.


    2. Plazos de revisión y pago por la entidad

    El supervisor tiene cinco días para emitir informe y remitirlo a la entidad.

    La entidad evalúa y paga hasta el último día del mes en que se presentó la valorización.

    Si hay observaciones, el contratista las subsana y la entidad revisa la respuesta en un máximo de dos días hábiles.


    3. Consideraciones especiales y modalidades de pago

    Los atrasos imputables al contratista permiten descontar costos por ampliación de supervisión.

    En suma alzada se valoriza según metrados del presupuesto contractual; en precios unitarios, según metrados realmente ejecutados.

    En costo reembolsable se reconocen costos reales, gastos generales y utilidad, exigiéndose sustento documental y entrega de planos finales.


  • Penalidades por Mora e Incumplimiento, y Acumulación Permitida

    1. Naturaleza y límites de las penalidades

    Las penalidades regulan el contrato ante retrasos o incumplimientos injustificados del contratista.

    La suma de penalidades por mora y otras no puede exceder el 10% del monto vigente del contrato.

    Pueden descontarse de pagos a cuenta, liquidaciones o garantías de fiel cumplimiento.


    2. Penalidad por mora en la ejecución de la prestación

    Se aplica automáticamente por cada día de atraso imputable al contratista.

    Se calcula según fórmula establecida, considerando monto contractual y valor F según el plazo.

    El retraso justificado no genera penalidad si está sustentado y aprobado.


    3. Reglas complementarias y efectos contractuales

    La penalidad procede también cuando no es posible cuantificar monto o plazo, según bases.

    La acumulación de penalidades puede llevar a la resolución del contrato al alcanzar el límite permitido.

    La calificación de retraso como justificado evita penalidades, pero no genera derecho a mayores gastos generales.


  • Causales y Procedimiento Para Resolución Contractual

    1. Causales de resolución del contrato

    Incluyen caso fortuito, fuerza mayor, hechos sobrevinientes o incumplimientos contractuales.

    También aplican por documentación falsa, cláusulas anticorrupción o terminación anticipada prevista en el contrato.

    La responsabilidad determina si procede resarcimiento por daños y perjuicios.


    2. Terminación anticipada por componentes o hitos

    Se aplica cuando un componente ejecutado impide continuar con el siguiente.

    Permite resolver parcialmente pagando solo lo efectivamente ejecutado.

    Procede si la continuidad resulta innecesaria o inviable para alguna de las partes.


    3. Procedimiento para resolver el contrato

    La parte afectada requiere el cumplimiento bajo apercibimiento de resolución.

    El plazo otorgado debe ser razonable: mínimo 10% y máximo 15% del plazo contractual.

    Si no se subsana, la entidad puede resolver total o parcialmente, según la parte afectada.


  • Recepción de Obra: Provisional, Definitiva y Subsanaciones

    1. Solicitud y conformidad para la recepción provisional

    El contratista solicita la recepción al culminar la obra; el supervisor verifica y emite la conformidad técnica.

    La entidad conforma un comité que inspecciona funcionamiento y cumplimiento técnico.

    Si todo está conforme, se suscribe el acta; de haber observaciones, se emite un pliego.


    2. Plazos y responsabilidades en la subsanación

    El contratista cuenta con 1/10 del plazo vigente o hasta 40 días para subsanar, sin derecho a pago adicional.

    Retrasos generan penalidades y podrían motivar resolución contractual.

    Tras subsanar, el comité verifica únicamente las observaciones previamente formuladas.


    3. Recepción definitiva y manejo de vicios o pendientes

    No pueden añadirse nuevas observaciones, salvo vicios ocultos detectados durante la verificación.

    Si la entidad demora injustificadamente, debe reconocer gastos generales al contratista.

    La entidad puede asumir subsanaciones con cargo al contratista y permitir recepciones parciales cuando corresponda.


  • Liquidación de Obra y Responsabilidades Finales del Contratista y la Entidad

    1. Inicio de la liquidación y documentos obligatorios

    La liquidación inicia tras la recepción definitiva de la obra.
    El contratista entrega planos de obra y memoria descriptiva valorizada como condición para el pago.
    Estos documentos forman parte de sus obligaciones contractuales.

    2. Plazos, presentación y aprobación de la liquidación

    El contratista o la entidad puede presentar la liquidación dentro de 30 días desde la recepción.
    La otra parte tiene 50 días para pronunciarse y 15 días para responder observaciones.
    Si no se subsana, la liquidación se considera consentida y procede el pago final y devolución de garantías.

    3. Pagos finales y cierre del expediente contractual

    Los pagos resultantes deben ejecutarse en un máximo de 10 días hábiles tras la conformidad.
    La liquidación técnica y financiera permite cerrar la fase de ejecución del proyecto.
    Finalizar este proceso evita arrastres administrativos y formaliza el cierre del contrato.

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